IFICI (NHR 2.0) en Portugal: cómo acceder como empleado, administrador o con empresa propia
Casi tres años después de su creación, el IFICI, conocido como NHR 2.0, sigue sin cambios en la ley y ya tiene una práctica administrativa asentada: lo decisivo para acceder no es tener una empresa, sino ocupar un puesto o un cargo en una entidad que cumpla los requisitos.

De un vistazo
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El Incentivo Fiscal à Investigação Científica e Inovação (IFICI) se introdujo en el artículo 58.º-A del Estatuto dos Benefícios Fiscais por la Ley de Presupuestos para 2024, la Lei n.º 82/2023, de 29 de diciembre, y se aplica a quienes pasan a ser residentes fiscales en Portugal desde el 1 de enero de 2024. Su desarrollo llegó con la Portaria n.º 352/2024/1, de 23 de diciembre, modificada por la Portaria n.º 52-A/2025/1, de 25 de febrero, y la Autoridade Tributária fijó su criterio en el Ofício Circulado n.º 20276/2025, de 26 de febrero.
Desde entonces el texto legal no ha cambiado. El Presupuesto para 2025 solo impidió acumular el IFICI con el IRS Jovem, y la propuesta de Presupuesto para 2027, presentada el 8 de octubre de 2026, no modifica el régimen. Lo que sí se ha consolidado es la interpretación de la administración sobre una pregunta muy frecuente entre nuestros clientes: si basta con crear una sociedad en Portugal para acogerse al régimen.
Qué ofrece el régimen y a quién se dirige
El IFICI permite tributar al 20 % por los rendimientos netos de las categorías A (trabajo dependiente) y B (actividades empresariales y profesionales) obtenidos en la actividad elegible, durante diez años consecutivos. Las rentas de fuente extranjera quedan, como regla general, exentas, con dos excepciones relevantes: las pensiones, que tributan en Portugal, y las rentas procedentes de países o territorios de la lista portuguesa de baja tributación, sujetas al 35 %.
Para acceder hay que convertirse en residente fiscal conforme al artículo 16.º del Código do IRS, no haberlo sido en ninguno de los cinco años anteriores y ejercer una de las actividades que enumera la ley. Quedan excluidos quienes hayan disfrutado del antiguo régimen de residente no habitual o hayan optado por el programa Regressar, y el IFICI solo puede utilizarse una vez. A diferencia del antiguo NHR, no basta con el traslado: el beneficio depende de la actividad concreta y de la entidad en la que se desarrolla.
Las siete vías de acceso previstas en la ley
El artículo 58.º-A enumera las actividades elegibles: docencia universitaria e investigación científica; puestos cualificados y cargos sociales en empresas con beneficios contractuales a la inversión productiva; profesiones altamente cualificadas en empresas que hayan aplicado el régimen fiscal de apoyo a la inversión o en empresas industriales y de servicios exportadoras; puestos cualificados y cargos sociales en entidades cuya actividad reconocen la AICEP o el IAPMEI como relevante para la economía nacional; personal de I+D cuyos costes sean elegibles en el SIFIDE; puestos y cargos sociales en startups certificadas; y las actividades que definan las regiones autónomas de Azores y Madeira.
Cada vía tiene su propia entidad verificadora, ya sea la FCT, la AICEP, el IAPMEI, la ANI, Startup Portugal o la propia Autoridade Tributária, y exige su documentación. Para la vía de las empresas exportadoras, la Portaria n.º 352/2024/1 pide doctorado, o bien grado o máster con al menos tres años de experiencia acreditada, una de las profesiones de su anexo I y que la empresa tenga como actividad principal uno de los códigos CAE de su anexo II y exporte al menos el 50 % de su volumen de negocios. Para la vía de la AICEP y el IAPMEI, basta una cualificación de nivel 5 del Marco Europeo de Cualificaciones.
Trabajar por cuenta ajena en una empresa elegible
Es la vía más sencilla de acreditar. Según la Autoridade Tributária, la expresión «puesto de trabajo» que utiliza la ley exige un contrato de trabajo, de modo que un contrato de prestación de servicios con una empresa reconocida por la AICEP no da acceso al régimen por esa vía. La salvedad es la docencia universitaria, donde la administración admite también la prestación de servicios.
Lo relevante es el binomio puesto y empresa. Los avisos de la AICEP y del IAPMEI (Aviso n.º 4812/2025/2, interpretado por el Aviso n.º 9709/2025/2) enumeran las profesiones cualificadas, como directivos, ingenieros, especialistas en tecnologías de la información o en finanzas, médicos y técnicos de nivel intermedio, y los sectores reconocidos, entre ellos la industria, la energía, la información y comunicación, la consultoría de gestión, la ingeniería, la I+D y la salud. El sector debe corresponder a la actividad principal de la empresa, no a una actividad secundaria.
Administradores y gerentes
La ley menciona expresamente a los miembros de órganos sociales en varias de sus vías, y los avisos de la AICEP y del IAPMEI consideran puestos cualificados a los administradores, gerentes y directores generales. Un directivo extranjero que se traslada a Portugal para administrar la filial de su grupo o una sociedad portuguesa con actividad en un sector reconocido puede, por tanto, acceder al régimen sin contrato laboral, siempre que tenga la cualificación mínima exigida.
En la práctica, la condición de administrador se acredita con la certidão comercial permanente actualizada en la que conste el nombramiento, y su retribución tributa en Portugal como rendimiento del trabajo de la categoría A. La competencia para verificar el caso se reparte por tamaño: corresponde a la AICEP si la empresa factura 75 millones de euros o más, o si el proyecto está reconocido como de Potencial Interés Nacional o de inversión en el interior, y al IAPMEI en los demás casos, incluidas las sociedades de nueva creación sin cuentas aprobadas.
Socios y propietarios: qué dice la administración
Aquí está el matiz más importante. La Autoridade Tributária ha aclarado que los socios de una sociedad no pueden acogerse al IFICI por el mero hecho de serlo. Ser propietario de las participaciones y recibir dividendos no es una actividad elegible y, además, los dividendos de fuente portuguesa no forman parte de las rentas que tributan al tipo especial.
Sin embargo, la propia administración reconoce que el socio gerente de una sociedad unipessoal puede acceder al régimen en su condición de miembro del órgano social, siempre que la sociedad ejerza una actividad elegible y se cumplan los demás requisitos. La conclusión práctica es clara: quien quiera entrar en el régimen a través de su propia empresa debe ejercer en ella un cargo de administración o un puesto cualificado real y retribuido, no limitarse a ser su dueño.
Crear una empresa nueva o una startup
Constituir una sociedad en Portugal puede ser una vía legítima, pero no es un atajo. Una sociedad nueva puede encajar en la vía de la AICEP o el IAPMEI si su actividad principal está en uno de los sectores reconocidos, o en la vía de las empresas exportadoras si, en el ejercicio en que comienzan las funciones, al menos la mitad de su facturación procede de ventas al exterior, incluidas las entregas intracomunitarias. Conviene recordar que las listas de sectores se remiten a la CAE Rev. 3, por lo que debe revisarse la correspondencia con los códigos que figuren en el registro de la sociedad.
La alternativa es la certificación como startup ante Startup Portugal, conforme a la Lei n.º 21/2023, de 25 de mayo, que exige requisitos de antigüedad, tamaño e innovación. Una vez certificada, sus empleados y los miembros de sus órganos sociales pueden acceder al régimen. Es una vía atractiva para fundadores de proyectos tecnológicos, pero la certificación es previa y debe mantenerse.
En todos los casos la sustancia es decisiva. La entidad verificadora puede pedir el contrato, la descripción de funciones, la inscripción en la Seguridad Social, las cuentas y la prueba de la actividad. Una sociedad sin actividad real, sin estructura o creada solo para obtener el beneficio se expone a la denegación y, si el régimen se ha aplicado indebidamente, a la regularización del impuesto con intereses.
Plazos y procedimiento
La inscripción se solicita en el Portal das Finanças hasta el 15 de enero del año siguiente a aquel en que se adquiere la residencia, sea cual sea la entidad verificadora. Si se presenta fuera de plazo, no se pierde el derecho, pero el régimen solo surte efectos desde el año de la inscripción y por el tiempo que reste de los diez años. Con el justificante de la solicitud, el pagador puede aplicar una retención del 20 %, que tiene carácter de pago a cuenta: si la inscripción se deniega, las rentas tributan a la escala general.
El beneficio exige mantener cada año la residencia y seguir obteniendo rentas de una actividad elegible. Un cambio de empresa o de entidad verificadora debe comunicarse, y la ley admite un intervalo máximo de seis meses entre una actividad elegible y la siguiente sin perder la continuidad. Por último, Madeira ha aprobado para quienes se hagan residentes desde 2026 un régimen regional propio, cuyo detalle conviene confirmar caso por caso.
Comentario de Bufete Castañeda
El IFICI se ha convertido en un régimen más exigente que el antiguo NHR, pero también más previsible. Las aclaraciones de la administración despejan la duda más habitual: la empresa propia sirve si a través de ella se ejerce un cargo o un puesto cualificado real en un sector elegible, y no sirve si solo se es propietario. La diferencia entre una solicitud aceptada y una denegada suele estar en cómo se diseña la estructura antes del traslado.
En la práctica, quienes estén valorando trasladarse a Portugal para acogerse al IFICI deberían:
Identificar, antes del traslado, la vía concreta de acceso y la entidad que la verificará, comprobando la actividad principal y el código CAE de la empresa.
Formalizar el vínculo adecuado, sea un contrato de trabajo o el nombramiento como administrador o gerente con su inscripción registral, y evitar fórmulas de mera titularidad o de prestación de servicios.
Reunir la documentación de cualificación y de actividad, y presentar la solicitud en el Portal das Finanças antes del 15 de enero del año siguiente al de la residencia.
En Bufete Castañeda asesoramos a profesionales, directivos y emprendedores en el acceso al IFICI, en la constitución y estructuración de sociedades en Portugal y en la planificación de su traslado. Puede escribirnos a portugal@bufetecastaneda.com.




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